A los fines de las normas prudenciales en vigencia, esta Institución dispuso asimilar el tratamiento específico previsto para los avales que emitan las sociedades de garantía recíproca inscriptas en el Registro de Sociedades de Garantía Recíproca abierto en la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, a los otorgados por los fondos abajo detallados.
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